Bolivia - ENCUESTA DE HOGARES 2017
ID del Estudio | BOL-INE-EH-2017 |
Año | 2017 |
PaÃs | Bolivia |
Productor(es) | Instituto Nacional de EstadÃstica - Ministerio de Planificación del Desarrollo |
Financiamiento | Tesoro General de la Nación - TGN - Salarios de planta Banco Mundial - BM - Salarios de consultores y otros |
Colección(es) | |
Metadatos | Documentación en PDF |
Creado el
Jan 10, 2019
Última modificación
Jan 10, 2019
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- Materiales Relacionados
- Descripción de la operación estadÃstica
- Descripción de Variables
- Obtener Microdatos
30e además de los ingresos recibidos en dinero por su trabajo, en los últimos doce meses recibió, usted otros, como servicio de guarderÃa, instalaciones deportivas y/o recreativas?...
(S06c_30e)
Archivo: EH2017_Persona
Archivo: EH2017_Persona
Información general
Tipo:
Discreta Formato: numeric Ancho: 1 Decimales: 0 Rango: 1-2 | Casos válidos: 6883 (1896497) Inválidos: 31318 (9319775) |
La remuneración en especie se considera como una forma de retribución por trabajo.
A. Alimentos y bebidas para ser consumidos dentro o fuera del lugar de trabajo?
B. Transporte hacia y desde el lugar de su trabajo?
C. Vestidos y calzados utilizados frecuentemente tanto dentro como fuera de su lugar de trabajo?
D. Vivienda o alojamiento que pueden ser utilizados por los miembros del hogar?
E. Otros, como servicio de guarderÃa,
A. Alimentos y bebidas para ser consumidos dentro o fuera del lugar de trabajo?
B. Transporte hacia y desde el lugar de su trabajo?
C. Vestidos y calzados utilizados frecuentemente tanto dentro como fuera de su lugar de trabajo?
D. Vivienda o alojamiento que pueden ser utilizados por los miembros del hogar?
E. Otros, como servicio de guarderÃa,
Preguntas e instrucciones
Personas de 7 años o mas.
Además de los ingresos recibidos en dinero por su trabajo, en los últimos doce meses ¿recibió usted...
E. Otros, como servicio de guarderÃa, instalaciones deportivas y/o recreativas?
E. Otros, como servicio de guarderÃa, instalaciones deportivas y/o recreativas?
Informante Calificado.
Jefe del Hogar.
Jefe del Hogar.
Valor | CategorÃa | Casos | Weighted | |
---|---|---|---|---|
1 | 1. Si | 32 | 10220 | 0.5% |
2 | 2. No | 6851 | 1886277 | 99.5% |
Sysmiss | 31318 | 9319775 |
Precaución: estas estadÃsticas reflejan el número de casos encontrados en el archivo de datos. No deben ser interpretadas como un resumen estadÃstico del universo de interés.
La remuneración en especie se considera como una forma de retribución por trabajo. En este sentido, el objetivo de esta pregunta es investigar por los beneficios en especie y/o servicios recibidos por el trabajador/a asalariado.
Esta pregunta está referida a los últimos 12 meses, si el Informante estuviese trabajando menos tiempo que eso, la pregunta será respectiva al perÃodo de trabajo en esa empresa, institución o lugar.
Los bienes o servicios que los empleadores están obligados a suministrar a sus empleados para que estos puedan desempeñar su trabajo se tratan como consumo intermedio del empleador.
Los asalariados se responsabilizan a veces de la compra de los bienes o servicios listados anteriormente, y posteriormente les son reembolsados en efectivo por el empleador. Esos reembolsos en efectivo tienen que tratarse como gastos intermedios del empleador y no como parte de los sueldos y salarios de los asalariados.
El suministro de otras clases de bienes y servicios, como los servicios de vivienda habitual, los servicios derivados del uso de vehÃculos y de otros bienes de consumo duraderos utilizados ampliamente fuera del trabajo, el transporte a y desde el lugar de trabajo, etc. deben tratarse como remuneración en especie.
Esta pregunta está referida a los últimos 12 meses, si el Informante estuviese trabajando menos tiempo que eso, la pregunta será respectiva al perÃodo de trabajo en esa empresa, institución o lugar.
Los bienes o servicios que los empleadores están obligados a suministrar a sus empleados para que estos puedan desempeñar su trabajo se tratan como consumo intermedio del empleador.
Los asalariados se responsabilizan a veces de la compra de los bienes o servicios listados anteriormente, y posteriormente les son reembolsados en efectivo por el empleador. Esos reembolsos en efectivo tienen que tratarse como gastos intermedios del empleador y no como parte de los sueldos y salarios de los asalariados.
El suministro de otras clases de bienes y servicios, como los servicios de vivienda habitual, los servicios derivados del uso de vehÃculos y de otros bienes de consumo duraderos utilizados ampliamente fuera del trabajo, el transporte a y desde el lugar de trabajo, etc. deben tratarse como remuneración en especie.