Bolivia - REGISTROS ADMINISTRATIVOS DE LA PRODUCCIÓN DE AZÚCAR, Producción de Azúcar 2013
ID del Estudio | BOL-INE-PRODAZ-2014 |
Año | 2013 |
País | Bolivia |
Productor(es) | Dirección de Estadísticas e Indicadores Económicos y Sociales - Instituto Nacional de Estadística |
Financiamiento | Tesoro General de la Nación - TGN - Presupuesto de Funcionamiento del INE |
Colección(es) |
Creado el | Jan 05, 2015 |
Última modificación | Jan 05, 2015 |
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Data Access
Responsable de autorizar el acceso a los datos
Instituto Nacional de Estadística
(Ministerio de Planificación del Desarrollo), ceninf@ine.gob.bo, www.ine.gob.boContacto(s)
Walter Portillo P.
(Instituto Nacional de Estadísticas - Dirección de Estadísticas e Indicadores Económicos y Sociales)
, wportillo@ine.gob.bo, www.ine.gob.boJuan José Choque A. (Instituto Nacional de Estadísticas - Dirección de Estadísticas e Indicadores Económicos y Sociales) , jjchoque@ine.gob.bo, www.ine.gob.bo
Confidencialidad
La información obtenida para la compilación de los Registros Administrativos de Producción de Azúcar es confidencial y está respaldada por el Decreto Ley 14100, que en su artículo 21 dice:"Los datos o informaciones que se obtengan son absolutamente confidenciales y serán utilizadas solamente con fines estadísticos y no podrán ser revelados en forma individualizada".
Condiciones de Acceso
Se pone a disposición de los usuarios de información estadística y población en general la Base de Datos. En casos de requerimientos especiales de procesamiento de información, se debe solicitar mediante nota escrita dirigida a la Dirección Ejecutiva del INE.
Cita de autor/fuente
Los usuarios que hagan uso de la información estadística correspondiente a los Registros Administrativos de Producción de Azúcar deben citar la fuente de información al "Instituto Nacional de Estadística". El INE deslinda responsabilidades sobre el uso no adecuado de la base de Datos.
Cláusula de exención de responsabilidad
El Decreto ley Nº 14100 en su artículo 15 señala: "Todas las personas naturales o jurídicas de la nación, los residentes y transeúntes están obligados a suministrar en los términos que les sea señalado, los datos e informaciones que fueran requeridos por el Instituto Nacional de Estadística".
Asimismo, en su artículo 21 dispone: "Los datos o informaciones que obtenga son absolutamente confidenciales y serán utilizados solamente para fines estadísticos y no podrán ser revelados en forma individualizada".
Copyright
Los Registros Administrativos de la Producción de Azúcar son propiedad del Instituto Nacional de Estadística.